LawArtISSN 2724-654X
G. Giappichelli Editore

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Numismática real carolina (1772) (di Carlos Petit, Profesor de derecho comparado en la Universidad de Huelva  )


La reforma del numerario metálico de Carlos III se basó en el ejercicio de poderes reales que fueron más allá de su vieja jurisdicción. Junto con ese nuevo proyecto político, las nuevas acuñaciones difundieron el retrato real por las tierras de la vasta monarquía. La creación de la Real Academia de Bellas Artes aportó a los artistas necesarios para realizar la operación, en particular el experto medallista Tomás Francisco Prieto (1716-1782). Prieto fue el responsable principal de los trabajos materiales que exigió la gran transformación monetaria en Europa y en las Indias

Royal carolina numismatics (1772)

The reform of the metal currency by Charles III of Spain was based on the exercise of royal powers that went beyond his former jurisdiction. Along with a new political project, the new coinage also diffused the coin portrait bust of the king throughout the lands of his vast monarchy. The recently created Royal Academy of Fine Arts provided the artists trained to carry out the operation, especially the expert medalist Tomás Francisco Prieto (1716-1782). Prieto was responsible for the material issues that the great monetary transformation demanded both in Europe and in America

1. Rex populi et Pater artium - 2. Pecunia et Ars metallica - 3. La moneda y el Gobierno Activo - 4. Figuración de Estado y virtudes del Monarca - 5. Arte y dinero - 6. Bibliografía - NOTE


1. Rex populi et Pater artium

Nunca como ahora el control del dinero y el control del Estado se convirtieron en los primeros objetivos del monarca. Conviene precisar un poco más y detenernos en la expresión del conde y ministro – me refiero al “gobierno activo” – porque encerraba en dos palabras lo mejor del momento ilustrado. Dejando atrás una larga experiencia de ejercicio jurisdiccional del poder, esto es, de una “mayoría” (pasiva) de justicia y de mesurada intervención destinada a restablecer (a posteriori) los equilibrios naturales en el seno de la sociedad, “ahora se piensa diferentemente” y el rey, según los consejos y el empeño de sus colaboradores, actuó como un auténtico paterfamilias para aumentar la riqueza, proteger la religión, educar al pueblo[1]. Eran las consignas del “gobierno doméstico” que finalmente se ejercía junto al tradicional “gobierno civil y político”, entendido como «suprema autoridad económica» que encontró particular relevancia en la disciplina de los hombres de iglesia[2].

 


2. Pecunia et Ars metallica

El recuerdo de las dos heroicas ciudades enfrentadas vanamente a Roma encierra ahora el interés de introducir la cuestión de las medallas y monedas, resultado principal – mas no el único: la fundición de letras para la imprenta (cuando la tipografía tomaba «un valor representativo y un papel en la identificación cultural de los pueblos») fue otra, nada desdeñable manifestación[1] – del llamado grabado en hueco.

 

Alegoría del grabado de medallas (prensa de volante)

Fig. 1 – Alegoría del grabado de medallas (prensa de volante)[2]

 

Desde comienzos del siglo XVIII, como empeño, no sólo puramente artístico, de la nueva dinastía, los Borbones intentaron superar la pobrísima herencia española en materia de medallas y monedas[3]. Las primeras podían acuñarlas artistas extranjeros – fue cosa del fundador de la Academia, el rey Fernando VI, el encargo de una medalla conmemorativa de su entronización – pero las monedas suponían un reto de mayor envergadura. Por una parte, la circulación de metálico antiguo en mal estado – desgastado, cercenado, alterado de mil maneras – se añadía a la circulación de moneda extranjera que llegó masivamente con la guerra de sucesión. Por otra, la ley de la plata distaba de ser uniforme, con una alteración apreciable del valor material, según fechas y acuñaciones, del nominal. Subsistía además el vellón de los Austrias, de modo que dominaba el numerario español la más acusada variedad. Y la saca de moneda al extranjero dejaba lo peor en el comercio interno. Las tareas del “gobierno activo” en materia monetaria, en suma, no eran despreciables y exigían toda clase de reformas[4]. Algunas constitucionales: los llamados decretos de Nueva Planta, que tanto alteraron el tejido institucional de algunos territorios no castellanos, acabaron con sus emisiones (1711-1716). En 1730 se creó la Real Junta de Moneda, agregada a la de Comercio. Una reforma técnica tuvo lugar en 1728, cuando se introdujo la prensa de volante en las cecas peninsulares (las castellanas: Segovia, Madrid, Sevilla) a semejanza de la casa de Lisboa; la calidad de las acuñaciones con ese artilugio no podía competir con la impronta del metal a golpe de martillo o por la fricción de un rodillo, ni siquiera con los volantes primitivos que funcionaban en Madrid[5]. Las casas de moneda pasaron al control real y se prohibió acuñar por cuenta de particulares. Cambiaron también los diseños: tras los toscos ensayos del siglo anterior, el busto real apareció con regular nitidez en la numismática española.

 

Fig. 2 – Ocho escudos de oro (una onza o “pelucona”), ceca de Sevilla (1730)[6]

 

Los primeros Borbones españoles confiaron a los artesanos de las casas de la moneda la elaboración artística de los punzones; al menos, desde 1737 se creó el cargo de “tallador mayor” para controlar la uniformidad de las piezas, gobernar y examinar a los “talladores principales” situados al frente de cada ceca y dictar las ordenanzas pertinentes. Pero Diego de Cosá, el primer tallador mayor, a pesar de su dilatada carrera en Segovia y Madrid al servicio de la moneda real pasó a la posteridad como grabador de láminas, lo que revela sus limitaciones en el arte del grabado en hueco[7]. El fallecimiento del habilidoso Cosá en 1741 permitió que accediera al cargo, tras la correspondiente oposición, el salmantino Tomás Francisco Prieto (1716-1782). Se trata del maestro de grabado («Escultor de Medallas, Grabador Primero de los Sellos de S. M. y su Real Casa, Grabador principal de la Real Casa de Moneda de esta Corte») que trabajó en la Real Academia[8].

 

FIG. 3

Fig. 3 – Tomás Francisco Prieto. Grabado de Manuel Salvador Carmona, según pintura de Antonio González Ruiz (1784)

FIG. 4

Fig. 4 – Recreación del gabinete de Tomás Francisco Prieto. Museo de la Casa de la Moneda, Madrid

 

Prieto se formó en su ciudad natal con Lorenzo Montemán, un grabador siciliano que había llegado a España con la guerra de sucesión. Entre otras actividades artísticas Montemán abrió en Salamanca un taller de cajas de tabaco, trabajando y formando aprendices en la factura del grabado a buril y en hueco, la modalidad «más dificultosa». Con taller propio hacia 1740 la modesta actividad de Prieto como decorador de libros y autor de láminas de gusto tardo-barroco se completó mediante la enseñanza del dibujo y del grabado de láminas y medallas, facilitando al aprendiz «los libros de la faculttad, histtorias y todo lo que… nezesittare para el alivio de su enseñanza»: era el germen de una biblioteca especializada – con particular presencia de títulos franceses – y de las constantes peticiones de adquisición de libros y modelos que Prieto elevó a la Corona para la formación de los talladores de las casas de la moneda[9]. Instalado en Madrid desde 1748 y activo como profesor de grabado en la Academia, donde formó algún discípulo y ejecutó medallas de mérito para premiar a los artistas noveles, este Prieto reunió la maestría necesaria para hacerse cargo de las cuestiones técnicas y artísticas que exigió la reforma monetaria del rey Carlos III.

 

FIG. 5

Fig. 5 – Tomás Francisco Prieto. Medalla de la Defensa del Castillo del Moro (1763).

Fue la primera que la Real Academia puso a la venta entre particulares

 

FIG. 6

Fig. 6 – Tomás Francisco Prieto. Matrimonio de los Príncipes de Asturias (1765)

 

 


3. La moneda y el Gobierno Activo

La elaboración material de una moneda no era cosa sencilla. Requería, desde el diseño original y su traslado a la cera, varias complejas operaciones de vaciado, tallado y limado de punzones y troqueles hasta disponer finalmente de la matriz, una pieza de relieve en negativo que se hincaba en el disco metálico o cospel para producir la moneda. La pericia del artista llegaba a los secretos del oficio – tal o cual receta para preparar las ceras, templar el metal, aplicar los punzones – y reclamaba también disponer de aceros de alta calidad que había que importar de Alemania. El trabajo en la prensa tenía aún que seguirse de cerca a fin de evitar que una presión excesiva arruinase la matriz[1].

De ello se ocupaba el rey padre, y su secretario de Estado ejercía la tutela: «el Departamento de Hacienda es el Tutor de los Ciudadanos: debe enseñarles, aunque no quieran, el camino de ser ricos, de vivir comodamente, de hacerse opulentos, y hallarse con facultades para satisfacer las cargas del Estado, y facilitarles los medios de conseguirlo». El barón de Bielfeld, autor de las frases anteriores, no dejó empero de temer que se causaran «algunos accidentes, algunas calamidades, que ponen en consternacion toda la prudencia humana», con los consiguientes intentos de solución por parte del proclamado “tutor de los ciudadanos” («imaginando aumentos, o disminuciones en el dinero... haciendo acuñar en casos extraordinarios monedas de papel, de cobre, hoja de lata, & c. ó inventando otras especies de ideas semejantes, que bien mirado, y bien reflexionado, no son en el fondo mas que engaños paliados, muy funestos al Estado»)[2].

El temor se encontraba justificado pues las naciones europeas, siempre hostiles en el belicoso siglo ilustrado, convivían cotidianamente con tales «calamidades» y «casos extraordinarios», sobre todo la española, aliada de Francia en virtud de los Pactos de Familia, que sólo pudo salir adelante con las remesas metálicas de las Indias. Y de ahí la invención, pronto «funesta al Estado», de los vales reales que conocemos, pero también – «engaño paliado» – de la alteración de la ley de la moneda que, con la guerra contra los ingleses a cuestas, decidió emprender el rey Carlos[3].

Mantener la cotización de los vales exigió del “gobierno activo” la creación de un banco “nacional” donde los adquirentes pudiesen endosar sus títulos a cambio del valor efectivo y con la simple pérdida de un moderado interés de descuento. La medida se tomó en 1782 cuando, no sin enormes dificultades, se puso en marcha el Real Banco de San Carlos, organizado jurídicamente como una compañía por acciones con un capital elevadísimo y dotada de tantas y variadas funciones – ¡hasta el ramo de suministros al ejército! – que no tardó en llegar a la ruina[4]. Tampoco gozaron de aceptación las cédulas emitidas por el Banco con autorización de la Corona; títulos al portador, pagaderos a la vista y canjeados por metal tan pronto como llegaban a las manos de un particular cualquiera[5].

FIG 7 E FIG 8

Por su parte, la reforma del numerario encerraba la cuestión político-moral de la manipulación principesca de la moneda, y en todo caso el reto de retirar el dinero circulante para producir las nuevas piezas con arreglo a las previsiones oficiales (1772). Lo primero se tradujo en una ligera devaluación, decretada con todo sigilo en 1771 y repetida en 1786, que generó enormes ingresos al Tesoro: casi ochenta millones de pesos que compensaron con creces los costos materiales de la operación[6]. Y ahí estaba el problema: si el derecho de fabricar [la moneda] no se dio ni pudo concederse mas que á los Soberanos, porque siendo Gefes de las Naciones, y los Padres de la Patria, se suponen con razon, que son los que mas interesan, y observan de mas buena fé, una exacta providad de la Fábrica de la moneda, y los que cuidan con vigilancia que el cuño de cada pieza de oro, y plata no señale mas valor que el que realmente tiene en sí, con tanta mas razon, señalaba el barón, «que sería engañarse á sí proprio el Soberano, si en esta parte quisiese alucinar á sus vasallos»[7]. De los diversos medios para alterar la calidad de la moneda Bielfeld se detenía en el segundo, esto es, «la alteración del grado de fineza, quando se disminuye el valor intrínseco», el fraude monetario «mas complicado, y mas difícil de averiguar». Para ilustrar sus consecuencias negativas describía la hipotética manipulación de la moneda sajona[8]. «Pruebas sacada de un exemplo figurado» que, con cambiar el electorado alemán por el reino de las Españas, describía con rara precisión la operación carolina («una fundición general de sus monedas [para] acuñar otras de nueva especie, grandes y pequeñas de oro, plata, y vellon… que disminuyese el valor intrínseco de todas ellas, mezclandolas una porcion de liga demasiado grande»). La acuñación en esas condiciones aportaba una momentánea ganancia y pérdidas a largo plazo: pues las monedas acabarían por volver a manos del soberano por vía de los impuestos, con el consiguiente quebranto de las rentas públicas y del curso de los cambios. La inevitable carestía de los productos de importación haría el resto.

«Digamoslo de una vez, la Fábrica de la Moneda jamás debe llegar á hacerse objeto de Comercio, ni origen de renta alguna»[9]. Atrás quedaron los escrúpulos del jurista medieval y aquella concepción del dinero como una invención humana iuris gentium que, por pertenecer al populus («publico gentium consensu constituta ad permutationes faciendas») debía de ser respetada por el princeps[10]. Las consideraciones del barón eran puramente crematísticas, aunque ecos de las viejas virtudes regias (buena fe, probidad) y de las seculares advertencias contra la mutatio monetae tal vez resonaban en sus páginas: dando por supuesta la rectitud del rey, Bielfeld atribuía las indeseables alteraciones al consejo impolítico de sus ministros.

La tensión entre el ius gentium que democratizaba la moneda y la antigua regalía que radicaba en la jurisdicción real la creación de numerario[11] fue resuelta refinadamente por la jurisprudencia clásica: batir metales no era tanto un derecho “absoluto” del monarca, cuanto uno más de sus officia al servicio de la colectividad; solamente el prestigio del príncipe permitía acreditar la corrección de los valores declarados en la moneda y asegurar la autenticidad de las piezas[12]. Por eso pesaba sobre la Corona – y allí llegó en particular la supremacía doméstica – el deber de acuñar con precisión y elegancia: convenía que la Fábrica de la Moneda se haga conlamayor economía, y arte que pueda emplearse e nella; que se procuren buenos Medallistas, que se panacuñarla perfectamente, asiparaseducir por suexterior agradable, como para dexar a la posteridad un monumento de la habilidad, y Policia del Siglo[13].

Arte y política, en el gobierno doméstico que tenía la educación estética del ciudadano entre sus metas, se dieron ciertamente la mano. Y tal fue el desempeño de Prieto.

Las experiencias de Carlos como soberano de Nápoles y Sicilia parecen haber sido, de nuevo ahora, determinantes, pues si el gusto por las representaciones clásicas que reflejan los grabados españoles tenía que ver con los maravillosos hallazgos arqueológicos realizados al pie del Vesubio[14], la reforma carolina encontró en Italia sus precedentes: aunque quedase en nada, el rey había intentado unificar el numerario, tan diverso en valores, fino y diseños, de los reinos aquende y allende el Faro[15]. En cualquier caso, un monetario-modelo, obra de Prieto, fechado un par de años antes de la real pragmática de 1772 (29 de mayo)[16], revela que esta disposición fue simplemente el momento final de un proyecto largo tiempo acariciado.

La conservación de algunos manuscritos de Prieto permite concretar algo más[17]. El primer cuaderno del grabador contiene las «Ordenes correspondientes a la renovacion de la moneda en tiempo de Carlos 3º en el Año de 1768». A pesar de los esfuerzos de su padre y de su hermano subsistía como mal generalizado «la falsificacion de nuestra moneda, â q[u]e contribuye principal[men]te la irregular figura de la actual, cuyo mal se halla acreditado por la gran copia de moneda falsa, que de pocos años â esta parte se ha introducido en estos Reynos»; se añadía el problema de la mala circulación de las letras que endosaba el Real Tesoro en pago de sus acreedores, introducido en el comercio el estilo de pagarlas en facturas… con el desconsuelo de que suelen desconocerlas sus mismos Autores, porque las hallan con muy diferentes monedas de las q[u]e pusieron en ellas. De q[u]e se siguen notables dilaciones, dudosas controversias, y frequentes disputas; siendo iguales los clamores del comercio, por los embarazos q[u]e padece en la necesidad de pesar la actual moneda, con agravio de los Ynteresados por la variedad de pesos, de q[u]e pr[o]viene una general desconfianza, y odiosa molestia en los pagamentos.

Variedad de monedas, necesidad del pesaje (y del ensaye) de metales, mala calidad de muchas piezas, falsificaciones y entorpecimiento de los papeles de crédito llevaban – estamos en la primavera de 1768 – a una misma conclusión:extinguir la actual moneda de todas clases, y establecer al mismo t[iem]po otra de mayor perfeccion, en que poniendo el Real busto de S. M. en todas, como es debido, y el contorno, ô cordoncillo que evite el cercen, queden asegurados los dos fines, de imposibilitar, ô dificultar su falsificacion, y de escusar á los Vasallos los embarazos de pesar la moneda para usar de élla, como ahora tienen que acerlo[18].

Que la real orden anterior acabase en manos de Prieto, copiada en uno de sus cuadernos, se explica por le necesidad de contar con el apoyo técnico necesario:que el Gravador g[ene]ral de acuerdo con V. S. como superintendente de la Real casa de Moneda de Madrid, y con el Ensayador mayor de los Reynos, vaya formando todos los punzones del Real Retrato de S. M. para todas las clases de moneda, diferenciando las de ôro, Plata y cobre, para precaver el riesgo de que dorando las de plata, y cobre, pasen p[o]r la de ôro, como podria temerse siendo uniformes los sellos. Por esta razon podra poner en unas vestido el Real busto, y en otras desnudo el cuello, y pecho, con laurel, ô sin él. En otras gravara las Armas Reales y en otras las columnas, y en todas variara los contornos, ô cordoncillos, y divisas, haciendo las correspondientes matrices para que sin diferencia alguna se repitan en todas las Casas de Moneda de estos Reynos, y los de Yndias, y pasando â mis manos antes de ponerlo por ôbra los respectivos planos y diseños, para que preceda â su examen la aprobación del Rey.

Prieto acusó recibo al mes siguiente (4 de mayo) y presentó al marqués unos dibujos con indicación somera de sus fuentes de («teniendo delante assi lo hecho ásta aquí… como los exemplares de mi corto monetario, y algunas ledziones de los libros»), con preferencia por la sencillez en estilos y motivos («me aparto de las divisas emblematicas») como algo más adecuado al uso universal de la moneda («atendiendo tambien a que puestos en obra los an de ver y manejar desde el mas humilde al Poderoso»). La magnitud de la reforma exigía cuantiosos recursos, humanos y materiales: «ventanas y mesas, con sus Caxas, y piletas… quatro Jovenes q[u]e han de trabajar â mi mano… dos, ô tres Herreros de forja, otros de lima, cien arrobas, ô mas de azero, Yerro, Carbon, bancos, tornillos, Volante, mozos que usen de el, acuñador, y otras cosas que saldrán, y que no tengo presentes»[19]. Los diseños y las peticiones no tardaron en elevarse al monarca que los autorizó «como propios para monedas… repitiendo à Prieto, que es preciso procure concluir esta importante ôbra con la mayor brevedad posible». Aunque Prieto se preocupó enseguida de designar a sus colaboradores (oficio de 19 de junio, 1768), alguno de ellos estudiantes destacados de la Real Academia[20], el superintendente mostró a Múzquiz un profundo escepticismo hacia la formación artística de los ayudantes seleccionados, tal y como le constaba al rey, tan aficionado a las artes del grabado: «p[ue]s en las Artes de q[u]e es protector V. S. Il[us]tt[risi]ma y q[u]e tienen tanta connexion con el dibujo es difícil adquirirse en menos tiempo que ócho diez, ô doze años como vien sabe S. M. por la experiencia que tiene… con que seria t[iem]po, y dinero mal gastado, si por solo el de durante la ôbra se admitiesen»… De cualquier modo tendrían que ser jóvenes de la mayor honradez y bastante aventureros para estar dispuestos a «salir de este continente al de la America… de buena gana, hasta q[u]e en aquellas Casas haya del todo buenos operarios». La penuria de personal cualificado se había acentuado con la clausura de las cecas de los viejos reinos hispánicos, de modo que al presente no hay mas que Madrid y Sevilla, que son los unicos Seminarios en que se deberan criar los Gravadores, que han de servir en las casas de las Americas, y especialmente en Madrid por el estudio de la Academia, que tanto puede contribuir â su mayor adelantamiento el q[u]e nunca ha sido tan necesario como aora q[u]e manada S. M. poner su retrato en todas las monedas, lo q[u]e [no] podra desempeñar sino p[o]r Gravadores diestros criados desde Niños en la profesion.

El carácter inédito de los documentos de Prieto ha recomendado su transcripción. Nos sirven para situar, unos años antes de la real pragmática de 1772, las disposiciones y los diseños que esa ley codificó, sin olvidar las dificultades técnicas y los gastos de una política monetaria tan ambiciosa. Que fue lograda la deseada calidad se apreciará de inmediato si comparamos las monedas acuñadas bajo Carlos de Borbón en los reinos italianos con la equivalente moneda española (1772).

FIG 9 FIG 10 E FIG 11

Ante la tosquedad de las monedas meridionales la complejidad y la corrección de la onza madrileña – tan patentes en el retrato real, el motivo del reverso y la gráfila – me resultan evidentes[21]. Las instrucciones de Prieto y por consiguiente la pragmática sanción establecieron que el anverso incluyese («como es debido») un retrato del monarca, diferente según los valores para impedir la falsificación por dorado del metal menos precioso. En las monedas de oro – tanto la onza “nacional” como los veintenes “provinciales”[22] – el busto de Carlos III se representaba «vestido, armado, y con Manto real» (art. 2), mientras que para el numerario de plata se distinguían las acuñaciones de Indias – los llamados “reales columnarios” por aparecer en el reverso las columnas de Hércules a los lados de las armas reales – con el «Real busto, vestido à la heroica, con clámide y laurel» en el anverso (art. 3), de las monedas madrileñas y sevillanas, que llevaban «mi Real busto desnudo, con una especie de Manto Real» (art. 4). Como cabe apreciar a simple vista, el diseño de Prieto para los escudos de oro siguió con notable fidelidad el anverso de la medalla de plata, grabada por este mismo artista, que se acuñó para festejar la proclamación de Carlos III en 1759, esto es, un perfil del rey mirando a la derecha, con peluca rizada y coleta, corbata de lazo al cuello, toisón, manto y coraza.

FIG 12  E FIG 13

Para la plata el retrato siguió los previstos diseños a la romana, con la corona de laurel de la moneda de Indias como el distintivo más obvio:

FIG 14 e FIG 15

Se respetó siempre el uso de representar al monarca, una práctica casi universal introducida por los Borbones, como sabemos. Las acuñaciones anteriores habían reservado la efigie regia para los escudos de oro, mientras que la plata se marcaba comúnmente con el escudo real en el anverso y por detrás con los emblemas de Castilla y León acantonados en una cruz y rodeados de una orla lobulada o con los hemisferios terrestres entre columnas para las producciones indianas, en clara continuidad con la tradición seguida bajo la casa de Austria; ahora se acuñaba el retrato del rey también en la plata, nacional y provincial según trazas neoclásicas: otra feliz innovación – tenía su paralelo en los sueldos y luises franceses, pero los grabadores declinaban, tanto aquí como allá, el nuevo “gusto internacional” imperante – de Tomás Francisco Prieto[23].

Con la intervención de ese maestro los troqueles habían dado un salto cualitativo. En las nuevas monedas los reversos presentaron el escudo real en sus varias formas («gravara [Prieto] las Armas Reales y en otras [monedas] las columnas», se había ordenado) así como elementos menores de diferenciación («contornos, ô cordoncillos, y divisas»); en todo caso, las matrices tenían que ser uniformes «en todas las Casas de Moneda de estos Reynos, y los de Yndias»; la advertencia valía para el oro, pues los troqueles de la moneda de plata sólo eran idénticos, como se ha recogido, en cada uno de los dos continentes[24]. Que «todas las monedas grandes, y pequeñas deban acuñarse con las Armas del Soberano» era una exigencia estética pero también moral – enseñó el barón prusiano – para señalar «su justo valor» y expresar la voluntad regia de «da[r] curso, y autoridad para servir de precio fixo á las cosas de valor desigual»[25]. En las Españas las diferencias en la aleación estaban detrás de los matices artísticos. La plata de las Indias llevaba «las Armas principales de mi Real Escudo, timbradas de la Corona Real; y a sus lados las dos columnas con una faja, que lleve el lema Plus Ultra» (art. 3); la plata acuñada en España tendrá el Escudo de mis Armas igual al de la Moneda de Plata de lndias, pero sin Columnas, y à un lado la letra R, debajo de ella la inicial de la Capital donde se fabrique, y enfrente de ella, al otro lado del Escudo, las de los nombres de los Ensayadores, y sobre ellas el numero, que señale el valor de cada Moneda (art. 4); aunque esto último no siempre se daba (en los valores menores, o “realillos”), las disposiciones de este último artículo sirven para conocer que las matrices incluían aún ciertas indicaciones de autenticidad (lugar de acuñación y sigla del ensayador). Las leyendas latinas pertinentes (las más complejas iban en el oro: «Carol. III. D. G. Hisp. et Ind. R.» en el anverso; «In utroq. felix. Auspice Deo», en el reverso), el año de producción, las gráfilas y los cordoncillos – se trata de las orlas que enmarcaban los motivos grabados y que adornaban el canto de las monedas para evitar el cercén – completaban la disposición del nuevo numerario carolino.

FIg 16 e Fig 17


4. Figuración de Estado y virtudes del Monarca

Una de las mayores utilidades acariciadas con la reforma consistía, según la exposición real, en «escusar à mis vasallos los embarazos de pesar la Moneda», dispensando a la nuevamente acuñada el sentido originario de la amonedación: esto es, certificar el peso, la ley y la autenticidad con la garantía (una garantía en efigie, podríamos decir) del rey emisor; por esa razón la reforma vino acompañada por la requisa general de pesos y balanzas, que el rey acusaba, además, de ser instrumentos de fraude (art. 16). Aunque Felipe V había establecido las bases del sistema monetario fracasaron los intentos de reducir a tipos uniformes el variado numerario en circulación; un problema agudo, sobre todo en las Indias, donde las casas de la moneda, con mucho metal, malos artesanos y peores instrumentos, practicaban el cercén para corregir los frecuentes excesos de peso en las piezas. La operación podía parecer y era perfectamente legítima en cuanto al valor intrínseco, pero arruinaba la finalidad de la acuñación cuando las monedas amputadas – se dio en llamarlas “macuquinas” – sólo se aceptaban tras comprobar el peso en cada transacción[1].

La pragmática repetía la prohibición de una real orden de 1747 (22 de diciembre) sobre el tráfico de monedas cercenadas o deformes (art. 9) pero, en realidad, superar la molestia del pesaje era una de las consecuencias de la deseada uniformidad, que se proyectaba, no sólo en el empleo de los mismos modelos en retratos y armas reales – la sigla del lugar de acuñación («marca de la ceca») apenas delataba la procedencia [2] – sino también a la identidad formal que daba a la moneda su validez universal. Pues si Carlos de Borbón gobernaba política y civilmente una constelación de territorios con contenido jurisdiccional variable según el derecho propio de cada reino, en tanto padre de vasallos ejercía las facultades domésticas sobre todos por igual; la moneda uniforme – el medio más expedito de difundir la imagen, única y mil veces repetida, de un remoto soberano – inculcaba así sentimientos de pertenencia, prescribía ideales estéticos y, por supuesto, ayudaba en las transacciones.

De manera que la reforma monetaria encerraba en pequeños discos metálicos un complejo ejercicio de poder. Si la uniformidad recién recordada, con sus varias ramificaciones, prefiguraba la concepción estatal que estaba aún por venir, una virtud propia del rey-pater –me refiero a la “Real piedad” – servía para liberar a los vasallos de los costes de una operación («sin permitir de modo alguno», establecía el art. 14 de 1772, «que a los dueños de las Monedas, que han de extinguirse, se les lleve, ni pueda pedir el mas minimo interès por su reduccion») que exigía esmero en las matrices y los punzones, dotación de volantes, liquidez para retirar los antiguos metales de los particulares y cuantiosos gastos de ensaye, peso y acuñación. No se trataba de transitar la tradicional vía de la gracia, la otra cara (y la compensación) de la justicia. La piedad añadía a la mera concesión graciosa el sentimiento de conmiseración por los males de los vasallos (el desvalimiento de viudas y menores, en especial)[3], o ante las desgracias que se temían de no mediar la oportuna acción de la Corona; en este sentido el cuidado de las tareas agrícolas y el acopio de cereales –un clásico cometido del bonus paterfamilias, como sabemos – jugó un papel esencial, y  «hoy vemos en tantas Cédulas, y Provisiones Reales, que por el aumento del Pan se derrite verdaderamente el corazon del Rey»[4]. En el contexto financiero que nos concierne la piedad del monarca, razón de fundir y acuñar la moneda nueva sin merma para los súbditos (art. 8), se alegó igualmente para relajar las exigencias de renovación de los vales; una prudente previsión – las diferencias formales dificultaban las falsificaciones al tiempo que permitían el cobro de los intereses y anotar la identidad del tenedor – que, sin embargo, costó bastante respetar[5].

«En un Real caracter se halla cifrada la clemencia en las ocasiones; el alivio de los necesitados, por medio de una prudente condescendencia; la piedad en los castigos; y por ultimo, una conducta, que acredita el amor de un verdadero Padre de la Patria»[6]. Las consideraciones del barón de Bielfeld se dirigían contra el asiento de las rentas reales (pues «los Pueblos están abandonados al natural rigor de los Arrendadores, que los tratan sin la piedad que hallarian en el Soberano») mas expresaban la estrecha relación existente entre las virtudes del monarca y el bienestar de los súbditos, a vueltas con el dinero y la tributación. Por tal razón, y por no poder «extinguirse la antigua Moneda interin que no se labre de la nueva de todas clases aquella porcion, que se considere precisa para el Comercio de estos Reynos, y comun uso de mis Vasallos», la pragmática contemplaba un plazo de dos años para culminar la transformación del numerario; una vez transcurrido ese período – la real piedad concedió sucesivas moratorias[7] – la moneda vieja valdría tan sólo el metal de su peso y ley, y estaría sujeta a los costos de amonedación (art. 15).

 


5. Arte y dinero

Si la guerra contra los ingleses trajo a las Españas los primeros experimentos de moneda-papel, la consideración de las virtudes regias nos ha permitido comprender el marco ideológico de las acuñaciones metálicas. Pero monedas y vales eran objetos físicos dotados de una determinada, sustancial forma; «con toda aquella perfeccion conveniente», según buscó Carlos III mediante su celebrada pragmática, el despliegue de las funciones jurídicas de tales medios financieros dependía enteramente de características formales, «manifestando la experiencia lo expuesta que se halla à su falsificacion la mayor parte de la Moneda de Plata, y Oro, y el cercen que padece toda la de una, y otra clase, por facilitar ambos perjuicios su irregular figura». Y ahí estuvo el cometido de la Real Academia.

Síntesis de facultades jurisdiccionales y de potestades domésticas, el “gobierno activo” del rey-padre educador fomentó con decisión la formación artística de los súbditos. Una de las bellas artes, tal vez la más modesta por su corta tradición, resultó sin embargo la más útil a la hora de lanzar facsímiles de valor liberatorio en número ilimitado con garantías de autenticidad, y por eso

 

desde el establecimiento de la Academia se tuvo por preciso procurar los adelantamientos del Arte del Grabado, tanto en el uso del buril, y agua fuerte, como en la formacion de sellos cuños y demas especies: así para la mas fácil propagacion de las producciones de las tres Artes, como para otros inumerables fines[1].

 

Por ejemplo, la creación de nuevos instrumentos de pago: la calcografía en el caso de los vales, bellas estampas de estilo neoclásico fabricadas a bajo costo con un fabuloso nominal, pero también el difícil grabado de medallas, que permitió amonedar los metales – lográndose una identidad nunca antes conocida – con elegantes retratos del monarca y sus armas. «La señal mas segura de que un País está baxo un gobierno prudente, y feliz», había advertido Bielfeld, «es quando las bellas artes nacen en su seno». Para felicidad de todos, la prudencia del rey Carlos había puesto el arte al servicio del dinero.

 


6. Bibliografía

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NOTE

[1] Torres Sánchez (2013).

[2] Petit (2017), especialmente pp. 31 ss.

[3] Floridablanca (1789), p. 207.

[4] El mejor y más explícito testimonio del nuevo programa gubernativo lo expuso Floridablanca (1787), pp. 105 ss., p. 267.

[5] Por ejemplo, «usando de la suprema autoridad económica, que el Todo-Poderoso ha depositado en mis manos para la protección de mis Vasallos, y respeto de mi Corona», proclamó Carlos III por pragmática sanción de 2 de abril, 1767, «he venido en mandar extrañar de todos mis Dominios de España, é Islas Filipinas, y demás adyacentes á los Regulares de la Compañía, así Sacerdotes, como Coadjutores ó Legos que hayan hecho la primera profesión, y á los Novicios que quisieren seguirles». Medio siglo más tarde, al salir en los debates de un Código penal (1821-1822) el precepto que permitía a la corona el extrañamiento de eclesiásticos, el diputado José Mª Calatrava rechazó que esto fuera una «cosa privativa del poder judicial, porque no son ni nunca se han considerado judiciales estos actos, sino gubernativos y propios de la suprema potestad económica, y muy semejantes en su naturaleza á la facultad de retener las Bulas y los decretos conciliares... No ha inventado la comisión estas doctrinas; el Congreso conoce que son corrientes en España, y mucho más antiguas que nosotros» (Diario de sesiones de las Cortes 16 de enero, 1822, p. 1846). Cf. Frigo (1985); sobre los textos hispánicos, cf. Cardim (2005), pp. 308-328. Son asuntos, en general, mejor estudiados para Portugal que para España: Seelaender (2003), pp. 56 ss.

[6] Frigo (1985), pp. 133 ss. Cf. Instruccion para el nueuo empedrado, y limpieza de las calles de Madrid... (1761), dentro del marco teórico de una autoridad contemporánea: Bielfeld (1767), pp. 234 ss. También, Marín Perellón (1988).

[7] Carlos III. La Ilustración en las Imprentas oficiales (1788), pp. 511 ss. con el célebre y controvertido bando de capas del marqués de Esquilache. Por nada decir de las leyes suntuarias del momento: Creixell Cabeza (2016).

[8] Frigo (1985), pp. 151 ss. Para las experiencias hispanas vid. Enciso Recio (1963); Pulido Bueno (1994); Palacio Atard (1989).

[9] Villa-Lopez (1735), p. 49. Frigo (1985), pp. 116 ss de «La ‘formazione’ del nobile: stile e cultura». Entre las muchas medidas educativas, cf. real decreto de 19 de enero, 1770, renovando los Estudios Reales en la Corte, en Rico Linage (ed.) (1988), pp. 380-383.

[10] Distribucion de los premios concedidos por el Rey N.S. a los discípulos de las Tres Nobles Artes… (1769), pp. 43 ss con la oración panegírica de José de Hermosilla; un dístico latino de Juan de Iriarte, traducido por su sobrino Tomás, celebraba la pavimentación de la capital: «al igualar yá con tu cielo Tu suelo, Madrid, te atreves: el Cielo á Jupiter debes, A Carlos debes el Suelo», p. 57.

[11 Bédat (1989); Navascués Palacio (2005), pp. 11-29.

[12] Bielfeld (1767), p. 85.

[13] Pues «no es asunto que perjudique a la libertad de los Ciudadanos el que la Policía, que siempre procura el bien general, prohiba à cada Particular el seguir sus ridículos caprichos», cf. Bielfeld (1767), p. 243; un notable caso en Gacto Sánchez (2013), pp. 1733-1746. A veces la naturaleza ayudó en las reformas: Cardoso (2006), pp. 209-236.

[14] Sánchez Cantón (1952), pp. 311 ss.

[15] Bielfeld (1767), pp. 85-86.

[16] López Vázquez (2013), pp. 1627-1646.

[17] Cf. Apertura solemne de la Real Academia de las Tres Bellas Artes… (1752), pp. 31 ss.

[18] Apertura solemne de la Real Academia de las Tres Bellas Artes… (1752), p. 5. También, p. 6: «estudios… que por fundarse en Líneas y Proporciones, no pueden mantenerse ni perfeccionare, si el Noble Arte del Dibujo no los fomenta, y socorre».

[19] Ceán Bermúdez (1800), I, s.v. Carlos III, pp. 256-258, con traducción de las Notizie istoriche degli intagliatori (1772) de Giovanni Gori Gandellini.

[20] Aguilar Piñal (1995), pp. 451-474.

[21] Cf. La Real Calcografía de Madrid (1984). También, Carrete Parrondo (1979), pp. 61 y n. 1, con el fragmento citado de una carta del marqués de los Llanos al grabador Manuel Salvador Carmona (11 de junio, 1779).

[22] Kipfer (1991).

[23] Petit (2017), pp. 55 ss. Sobre las cifras ocultas que introducían los grabadores y sus peritajes cf. pp. 57-58.

[24] Petit (2017), p. 37.

[25] Según los Estatutos académicos de 1757 (cf. supra n. 11) los estudiantes del arte del grabado se formaban en París, en tanto sus colegas ampliaban estudios en Roma (nº XX), pero los primeros recibían cuatro pensiones, en tanto las estancias en Roma, igualmente cuatro, se distribuían entre las Tres Nobles Artes, que así perdían en la comparación. Además, la Academia contaba con «Discípulos pensionados para el Arte del Grabado, los quales estaràn baxo la direccion de los Maestros que se les destinarèn»; para las restantes especialidades la concesión de beca era excepcional (nº XXII; cf. también nº XXX in fine). Pero eran peticiones que la Junta académica había elevado al monarca en 1754: cf. Distribucion de los premios concedidos… (1755), p. 15. De todas formas, hasta 1760 no se convocó premio para grabado en hueco: cf. Distribucion de los premios concedidos… (1760), pp. 11-12: había que hacer los troqueles de una medalla que figurase en su anverso el busto del futuro Carlos IV, con Minerva conduciendo al príncipe al templo de la Virtud como motivo del reverso; pero los concursantes «representaron no haber podido concluir sus troqueles [para la medalla del príncipe de Asturias]... por haber estado ocupados con los Sellos que han hecho para muchos Tribunales», de modo que sólo presentaron obra sobre el segundo motivo («una Ninfa medio desnuda recostada en un prado á vista de una arboleda, vertiendo agua de una concha»); venció Santiago Labau, autor de obras «dignas no solo del premio ofrecido en el Edicto, sino de qualquier otra distincion, por lo qual no solo se le dio el premio, sino también se le creó Académico de Mérito por el grabado» (pp. 14-15, p. 17).